En la adquisición de nuestro nuevo coche de ocasión a menudo nos soléis preguntar sobre la documentación que debemos llevar en nuestro coche, en especial sobre el seguro, sobre el recibo del último pago del seguro y si te pueden o no multar por no llevarlo, como sí te pueden multar por no llevar el carnet de conducir. ¿Está el recibo del seguro entre la documentación obligatoria que tenemos que llevar con nosotros cada vez que conducimos nuestro coche ? Hora de resolver la duda y ver qué documentación es obligatoria y cual no.
A pesar de lo que aún mucha gente cree, llevar el último recibo del seguro en el coche ya no es necesario y no lo es desde hace más de 10 años, desde el 2008, cuando los agentes empezaron a poder acceder al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados para poder comprobar si el vehículo en cuestión estaba debidamente asegurado o no.
Del mismo modo tampoco es necesario llevar el impuesto de circulación de nuestro coche, que de igual forma, como el seguro, puede ser también comprobado de forma telemática.
¿Qué documentación sí debemos llevar en el coche?
Lo que si es obligatorio es el permiso de circulación, la tarjeta de inspección técnica del vehículo con el último informe de la ITV y su correspondiente pegatina, que debe ir puesta y el carnet de conducir. Circular sin alguno de estos elementos supone una multa de 10 euros y cabe recodar, si quieres conservar la documentación original, que puedes llevar una fotocopia compulsada, algo que pueden hacer en tu oficina de tráfico más cercana, pero no una fotocopia convencional.
Si pierdes esta documentación debes poner una denuncia, aunque haya sido un extravío, para evitar su uso fraudulento y posteriormente deberás pedir un duplicado en la ITV y en la jefatura de tráfico más cercana.
La enorme irresponsabilidad (e ilegalidad) de conducir sin asegurar nuestro vehículo
Recordemos que circular sin seguro es una gran irresponsabilidad y que todo vehículo que no esté dado de baja debe estar asegurado. Si te sorprenden conduciendo sin seguro la multa puede ir desde los 601 euros hasta a los 3005 euros, cifra que se determina en función de las circunstancias, si se estaba conduciendo el coches o estaba estacionado, el tipo de vehículo, si es reincidente o no, el tiempo que ha transcurrido desde que venció el seguro, etc. También se puede proceder a inmovilizar el vehículo y si ha sufrido un accidente será el conductor quien responda por los daños ocasionados.